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El Gobierno aprueba la Ley de Protección Animal

El pasado viernes, el Consejo de Ministros aprobó la Ley de Protección Animal para garantizar los derechos y el bienestar de los animales, texto impulsado por Ione Belarra, ministra de Derechos Sociales. Esta ley regula la relación con los animales de compañía, responde al sentir de la sociedad para no tolerar el maltrato, el abandono y el sacrificio, y plantea un avance importante en materia de salvaguardar sus derechos.

Para ello, paralelamente, se ha aprobado una modificación del Código Penal con el objetivo de ampliar las penas por maltrato animal: 24 meses de prisión si causa su muerte y 18 meses si implica atención veterinaria. Además, en ambos casos se incluye la inhabilitación para tener, convivir o trabajar con animales que puede llegar a los 5 años.

Estas son algunas de las medidas clave del anteproyecto, que todavía deberá pasar por el Congreso y por el Senado y estará, por tanto, sometida a posibles cambios.  

En primer lugar, sacrificio cero, no se podrá sacrificar animales de compañía sanos, aunque sí podrá hacerse por motivos de Salud Pública o eutanásicos. Del mismo modo, será obligatorio efectuar un curso formativo acreditado previo a la tenencia de perros, «será una pequeña formación que ayudará a conocer las responsabilidades de tener un animal y normas cívicas para la convivencia», se explica desde el Gobierno. Por otro lado, la norma supondrá el fin de la comercialización de animales en las tiendas de mascotas-con la excepción de los peces- así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales. A ello se suma que la cría, solo podrá llevarse a cabo por personal autorizado y en ningún caso por particulares. Otra de las medidas que incluye la norma es la prohibición de prácticas que provoquen sufrimiento en los animales, como por ejemplo, el uso de collares eléctricos o pinchos y queda prohibida su integración en exposiciones de belenes, cabalgatas o procesiones “donde se mantenga al animal de forma antinatural”. Por último, la ley considera que ningún animal es peligroso por su raza y que los perros deben ser valorados individualmente, por eso se elimina la lista de perros peligrosos.

En cuanto al reglamento sancionador, se distinguen tres tipos de multas: leves, graves y muy graves. En el caso de las infracciones leves, las multas oscilarán entre 600 y 30.000 euros; en las graves, entre 30.001 y 100.000 euros; y en las muy graves, 100.001 y 600.000 euros. Además, se disponen como sanciones accesorias la posibilidad de inhabilitar al propietario de la tenencia de animales “por un periodo máximo de cinco años para las infracciones graves y de cinco a diez años para las muy graves”.

Esta es la primera ley estatal en la historia de España que regula la protección de los animales, según ha explicado la ministra, quien ha destacado que “el maltrato, el abandono y el sacrificio” son las “tres lacras” que vulneran los derechos de estos seres vivos.


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