Elecciones en España: qué significan LOREG, censo, voto nulo, escrutinio …
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Escrito por Ana García
El proceso electoral en España incluye conceptos como censo, mesas electorales, voto válido, voto nulo, escrutinio, interventores y apoderados.

Las elecciones en España permiten a la ciudadanía escoger libremente a sus representantes y constituyen una expresión fundamental del pluralismo político. El proceso electoral está regulado por la Constitución Española, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y las leyes electorales autonómicas.
Para entender cómo se desarrolla una jornada electoral es necesario conocer algunos de los principales términos utilizados en el procedimiento, desde el censo electoral hasta el escrutinio de los votos.
Censo electoral y circunscripción
El censo electoral es el registro oficial de las personas que tienen derecho a votar en unas elecciones determinadas. Cada elector está asignado a una circunscripción electoral y, dentro de ella, a una mesa electoral.
La asignación se realiza a partir de los datos del Padrón Municipal. La gestión del censo corresponde a la Oficina del Censo Electoral, integrada en el Instituto Nacional de Estadística.
Qué son las mesas y los locales electorales
Las mesas electorales son los órganos encargados de supervisar la votación y el escrutinio. Cada una está formada por una presidencia y dos vocales y puede contar con la asistencia de interventores electorales de los partidos.
Las mesas se instalan en locales electorales, preferentemente en instalaciones públicas. Estos espacios deben ser accesibles para las personas con discapacidad.
Interventores y apoderados: qué funciones tienen
Los interventores y apoderados son representantes de las candidaturas durante la jornada electoral, aunque desempeñan funciones diferentes.
El interventor se integra en una mesa electoral y participa en sus deliberaciones con voz, pero sin voto. Puede presentar reclamaciones, formular protestas y solicitar certificaciones.
El apoderado puede desplazarse libremente entre los locales electorales para examinar el desarrollo de la votación y el escrutinio. No forma parte de las mesas ni interviene en sus deliberaciones, aunque puede presentar quejas y reclamaciones.
Cómo funciona la administración electoral
La administración electoral tiene como función garantizar la transparencia, objetividad e igualdad del proceso electoral. Está integrada por la Junta Electoral Central, las Juntas Electorales de Comunidad Autónoma cuando corresponda, las Juntas Electorales Provinciales, las Juntas Electorales de Zona y las mesas electorales.
Estos órganos se organizan de forma jerárquica. Entre sus funciones se encuentra la posibilidad de revocar decisiones de órganos inferiores y establecer criterios interpretativos comunes dentro de su ámbito territorial.
Qué es el escrutinio y cuándo se conocen los resultados
El escrutinio es el recuento de los votos emitidos durante unas elecciones. El escrutinio provisional se realiza después del cierre de las urnas, mientras que el definitivo tiene lugar al quinto día posterior a la votación.
Las mesas electorales registran los resultados en las actas de escrutinio. Estos documentos son firmados por quienes integran la mesa y por los interventores de los partidos.
El acta recoge el número de votos emitidos, los votos válidos, los votos nulos, los votos en blanco y los sufragios obtenidos por cada candidatura.
Voto válido, voto en blanco y voto nulo
El voto es el ejercicio del derecho al sufragio activo y permite expresar las preferencias de la ciudadanía en unas elecciones. Tiene carácter universal, libre, igual, directo y secreto.
El voto en blanco y el voto nulo son conceptos diferentes dentro del proceso electoral. La ciudadanía también puede optar por no votar, ya que el sufragio no es obligatorio en España.
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