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15 de octubre de 2024

La Ley 7/2022 obliga a la aplicación de una tasa de basuras en Colmenar Viejo

  • La aplicación obligatoria de la Ley 7/2022 obliga a los municipios de toda España a trasladar a los vecinos el coste real del servicio de recogida y gestión de los residuos, para hacerlos conscientes de lo que contaminan.
  • El Alcalde, Carlos Blázquez Rodríguez, lamenta que esta tasa “no es voluntaria, sino que viene impuesta por el Gobierno de la Nación”.
Basuras Colmenar Viejo

El Ayuntamiento de Colmenar Viejo aplicará todas las medidas posibles para que la tasa de residuos, que exige el Gobierno Central a los municipios, tenga el menor impacto económico para los vecinos, que será desgranado en el próximo Plan Fiscal General del Consistorio.

En la sesión extraordinaria del Pleno celebrada hoy, martes 15 de octubre, se ha aprobado inicialmente la adecuación de la Ordenanza que regula la tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos urbanos en el municipio.

Según nos explica Carlos Blázquez, Alcalde de Colmenar Viejo, “El basurazo es una imposición en forma de tasa que el Gobierno de Pedro Sánchez obliga a aplicar a todos los municipios de España. Desde el Ayuntamiento, y con el fin de aliviar el bolsillo de nuestros vecinos y rebajar su presión fiscal, vamos a ofrecer un paquete de medidas con distintas bonificaciones y facilidades de pago para que repercuta lo menos posible en las familias y sea una de las más bajas de la Comunidad de Madrid”.

Quien añade: “Para nosotros tampoco es del agrado el aprobar esta Ordenanza que nos viene impuesta por el Gobierno Central y que hemos retrasado su aplicación lo máximo que nos permite la Ley. Aclarar que se basa en una Directiva Europea que no obliga a la tasa y el Gobierno lo está estableciendo de forma unilateral, trasladando a los municipios el deber de aplicarla. Hemos solicitado al Secretario General del Ayuntamiento un informe en el que especifique las responsabilidades a las que se atiene cada uno de los concejales de la Corporación de no aprobar esta Ordenanza y los riesgos que asume esta Administración en el caso de no ponerla en práctica, que podrían derivar en sanciones de la Unión Europea o pérdida de subvenciones”.

Alfredo Martín, concejal de Hacienda, declara: “Dada la complejidad económico-jurídica que tiene esta Ordenanza, trabajamos de la mano de Catedráticos de la UAM en Derecho Financiero y Tributario para que sea lo más justa, equitativa y, a la vez, lo menos exigente posible con cada vecino. La Ley aprobada por el Gobierno Central aplica el principio de ‘quien contamina paga’ y establece el marco para los costes relativos a la gestión de residuos que, en el caso de Colmenar Viejo, asciende a 3 millones de euros”. Continua el concejal diciendo que “Esta injusta Ley estatal de residuos, que afecta principalmente a empresas y a municipios, nos obliga a todos los ayuntamientos sin excepción, y busca que el ciudadano sea consciente del coste real, directo e indirecto que tiene la recogida de basuras, incluyendo entre estos parámetros la recogida, su transporte y el posterior tratamiento”.

Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular

La aplicación obligatoria de la Ley impone a los municipios de toda España el trasladar a los titulares de inmuebles el coste real del servicio de recogida y gestión de los residuos. Esta Ley es una transposición del Gobierno de España al ordenamiento jurídico español de las Directivas Europeas sobre la gestión de los residuos. Estas Directivas Europeas desarrollan los objetivos de sostenibilidad y luchas contra el cambio climático de la Agenda 2030.

A partir de abril de 2025, los tributos destinados a financiar la gestión de residuos deberán ser:

  • Específicos: la base imponible de la tasa de residuos será únicamente la prestación del propio servicio, sin posibilidad de incluir otros conceptos por servicios públicos no relacionados. El servicio solo podrá abonarse con el tributo específico definido a tal fin.
  • Diferenciados: no se publicarán tasas conjuntas con otros servicios municipales.
  • No deficitarios: de esta forma, deberá garantizarse la cobertura total de los costes con los ingresos vinculados al servicio. Es decir, la Ley obliga a alcanzar el balance económico neutro donde los costes deberán equipararse a los ingresos. El importe recaudado mediante la tasa de residuos corresponderá a la parte de los gastos que no queden cubiertos por otros ingresos relacionados con la gestión de residuos.

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