Nuevas normas de tráfico 2026: así cambian las reglas para patinetes, motos y bicicletas desde octubre
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Escrito por Ana García
El nuevo Reglamento General de Circulación entrará en vigor el 1 de octubre de 2026 con cambios para patinetes, ciclistas, motoristas y vías urbanas e interurbanas.

Se ha aprobado la reforma del Reglamento General de Circulación, una actualización que modifica las normas aplicables a vehículos de movilidad personal (VMP), bicicletas, motocicletas y circulación en carretera. El nuevo texto entrará en vigor el 1 de octubre de 2026, con algunas medidas que se aplicarán un año más tarde.
La normativa adapta la regulación a los cambios experimentados por la movilidad durante las dos últimas décadas, con un enfoque centrado en la seguridad de las personas, los entornos urbanos y una convivencia más ordenada entre los distintos medios de transporte.
Nuevas obligaciones para los patinetes eléctricos
Los usuarios de vehículos de movilidad personal deberán tener al menos 15 años para poder conducirlos. También será obligatorio utilizar casco de protección y chaleco reflectante durante la noche o cuando exista baja visibilidad. En el caso de los repartidores que trabajen con VMP, el chaleco será obligatorio en todo momento.
Otra novedad establece que estos vehículos deberán circular siempre con el alumbrado encendido. El incumplimiento de las obligaciones relativas al casco y al chaleco reflectante estará considerado una infracción grave sancionada con 200 euros.
Fuera de los núcleos urbanos, los VMP podrán circular por vías segregadas del tráfico motorizado, como carriles bici o vías ciclistas, cuando esté permitido.
Cambios para ciclistas
La reforma elimina las excepciones al uso del casco en vías interurbanas, por lo que todos los ciclistas deberán llevarlo.
Los profesionales que desarrollen su actividad en bicicleta, como los repartidores, tendrán que utilizar casco y chaleco reflectante durante toda la jornada.
En las vías urbanas, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para aumentar su visibilidad. Los vehículos a motor deberán mantener una separación mínima de cinco metros cuando circulen detrás de una bicicleta en el mismo carril.
En carreteras, los conductores que adelanten a un ciclista deberán reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. Si existen varios carriles por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril durante el adelantamiento, respetando una distancia lateral mínima de 1,5 metros.
Asimismo, los ayuntamientos podrán autorizar la circulación de bicicletas en ambos sentidos en calles de un solo carril limitadas a 30 km/h o menos, siempre que exista la señalización correspondiente.
Nuevas exigencias para motocicletas
Los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. Ambas obligaciones estarán consideradas infracciones graves con multas de 200 euros.
Los cascos deberán estar homologados y dejará de ser suficiente que estén únicamente certificados.
Los repartidores que trabajen en motocicleta tendrán que llevar chaleco reflectante de forma permanente.
La norma también permitirá que las motocicletas circulen por el arcén derecho en situaciones de congestión, siempre que el tramo esté señalizado y no se superen los 30 km/h.
Nuevas reglas en carretera
El reglamento introduce el denominado carril de emergencia. Cuando exista una retención y los vehículos avancen muy lentamente o permanezcan detenidos, deberán apartarse para dejar un espacio central libre destinado al paso de ambulancias, bomberos y fuerzas de seguridad.
También se regulan los episodios de nieve en autopistas y autovías. En esas circunstancias quedará prohibido adelantar y los vehículos deberán circular únicamente por el carril derecho, dejando libre el izquierdo para quitanieves y servicios de emergencia.
Además, al rebasar vehículos inmovilizados por accidente, avería o labores de mantenimiento será obligatorio reducir al menos 20 km/h la velocidad respecto al límite de la vía y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.
Entrada en vigor
La mayor parte de las modificaciones comenzarán a aplicarse el 1 de octubre de 2026. Las obligaciones relativas al alumbrado permanente de los VMP y al uso de cascos homologados para motoristas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2027.
La obligación de utilizar guantes de protección homologados será efectiva cuando se apruebe la orden ministerial que establecerá sus especificaciones técnicas.











