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Mes de compras, cambios y devoluciones ¿Qué derechos tenemos?

Con la llegada de las Navidades incrementamos el consumo y las compras que realizamos durante todo el año en distintos establecimientos, y cada vez que llevamos a cabo una compra estamos protegidos por los derechos que nos asisten a los consumidores, siendo la normativa diferente si compramos por internet que si compramos de forma presencial.

Os animo a que sigamos comprometidos con el pequeño comercio de nuestro municipio, haciendo en los mismos todas las compras que podamos para estas fiestas. 

Y ya entrando en la materia jurídica que voy a abordar en este artículo, indicar que la normativa sobre cambios y devoluciones no es siempre tan sencilla como nos parece. A continuación, unas pinceladas a la normativa básica, con el fin de evitar errores y disgustos en estas fiestas: 

Derecho a devolución

Debido al incremento de las compras on-line, en grandes superficies o franquicias y a la adopción de políticas de devoluciones y cambios tan amplia, algunos consumidores tienen la idea de que si han comprado un articulo y posteriormente han cambiado de idea, basta con presentar el artículo en buen estado y el ticket de compra para que le devuelvan el dinero, pero esto no es así.

Los establecimientos comerciales no están obligados por ley a aceptar cambios o devoluciones simplemente por el hecho de que un producto no nos guste, aunque generalmente si aceptan el cambio. Legalmente, los comercios sólo están obligados a aceptar las devoluciones en estos dos casos concretos:

– Si el producto tiene algún tipo de defecto. En estos casos se puede exigir un producto igual en perfecto estado o que reparen el problema. Si no se puede reparar ni tienen otro igual, podemos exigir la devolución del dinero. 

– Si es una compra a distancia (compras por internet, por teléfono o de cualquier otro sistema en que no vayamos físicamente al establecimiento), en cuyo caso como consumidores tenemos un plazo de 14 días para desistir de la compra, salvo que sea un producto «personalizado». 

– Si es una compra “a domicilio”, esto es, cuando viene un comercial a casa, práctica que ha estado muy en auge hasta hace unos años (enciclopedias, electrodomésticos…) tenemos también derecho a desistir de la compra en los 14 días siguientes. 

Además, en el caso de establecimientos que aceptan devoluciones del producto adquirido, no están obligados a devolver el dinero, pueden aceptar la devolución y entregar a cambio un cheque o vale de compra o simplemente aceptar solo el cambio por otro producto por el mismo valor del que hemos devuelto.

Consejos para las compras

– Antes de comprar pregunta sobre la política de cambios y devoluciones del establecimiento para no llevarnos disgustos innecesarios.

– Recuerda guardar el ticket. Es imprescindible para cualquier cambio o devolución ya que acreditan la fecha de compra y el artículo adquirido.

– Si la política comercial del establecimiento acepta devoluciones y te encuentras con algún problema, lo mejor es solicitar una hoja de reclamaciones y presentarla en la OMIC del Ayuntamiento.

En Lex&com, contamos con abogados especialistas en derecho de consumo y podemos ayudaros a resolver las dudas en esta materia, así como en su caso, defender los Derechos e intereses tanto de consumidores como de establecimientos.


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