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El plazo para reclamar los gastos hipotecarios no ha finalizado, por Lex&com Abogados

  • 15 de febrero de 2024 –
    Opinión de Tres Cantos

A día de hoy, podemos recuperar gastos correspondientes a la escritura del préstamo hipotecario.

Lex&Com Gastos hipotecarios

Los gastos hipotecarios han vuelto a ser actualidad en las últimas semanas ya que los por distintos despachos se comenzó a anunciar a final de 2023, que el plazo para presentar este tipo de reclamaciones se acababa en enero de 2024 de lo que se hicieron eco los medios de comunicación.

Nada más lejos de la realidad, como por parte de nuestro Despacho ya se anunció en sus Redes Sociales, y como terminó aclarando el TJUE en su Sentencia de 25 de enero de 2024.  El plazo para reclamar las cláusulas abusivas de las hipotecas sigue vigente y aún podéis reclamar la vuestra si no lo habéis hecho todavía, y ahora ya con una jurisprudencia mucho más consolidada, siempre que la escritura sea anterior a la ley hipotecaria del año 2019 y la cláusula de gastos hipotecarios se considere «abusiva».

Los gastos hipotecarios son aquellos que a la firma de nuestro préstamo hipotecario asumimos por imposición del banco, siendo la mayoría de las cláusulas referente a los gastos hipotecarios nula, correspondiendo a las entidades bancarias asumir parte de los mismos que en su día nos vimos. Tras años en los que se han suscitado multitud de resoluciones judiciales, cambiando el criterio y anulando el TJUE lo que había establecido el Tribunal Supremo, según la última jurisprudencia, ya consolidada, la asunción de los gastos hipotecarios los debe asumir las entidades bancarias a excepción de los gastos de Notaría que finalmente se debe asumir al 50 % por el consumidor y 50 % por la Entidad Bancaria.

De tal forma que, a día de hoy, podemos recuperar los siguientes gastos correspondientes a la escritura del préstamo hipotecario, incrementados, todos ellos por el interés legal:

100 % del gasto de Registro.
100 % del gasto de gestoría.
100 % del gasto de tasación.
50 % del gasto de Notaría.

Para reclamar dichos gastos es necesario reunir la escritura de préstamo hipotecario, así como las facturas de pago de dichos gastos. Con carácter previo a presentar la demanda, es necesario hacer una reclamación en el Servicio de Atención al Cliente de la entidad bancaria que corresponda y en el caso de que respondan negativamente, como suele suceder o si en el plazo de un mes no han respondido ya tendremos abierta la vía judicial.

Por otra parte, se ha considerado nula la Comisión de Apertura, siendo la misma en muchísimos casos muy elevada, eso sí, para reclamarla es necesario tener el recibo del abono de dicha comisión.

Si firmaste un préstamo hipotecario antes de la reforma hipotecaria de 2019, puedes tener Derecho a reclamar al banco los gastos que abonaste y recuperar las cantidades entregadas por dichos conceptos más los intereses. Además, los Juzgados están condenando en la mayoría de los procedimientos a las Entidades Bancarias a abonar las costas del procedimiento, lo que quiere decir que además de recuperar los gastos que no tuviste por qué asumir, los honorarios del Abogado los abonaría el banco.

En Lex&com contamos con Abogados expertos en Derecho bancario, contando con una red de Abogados colaboradores en todas las Comunidades Autónomas. Consúltanos tu caso sin compromiso.

 

Gracia Coloma,

Abogada ICAM nº 83.019

Lex&com Abogados.

Telf.- 911290693

Juridico@lexandcom.es

Lex&Com Abogados

 


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